Aplazar el castigo para quienes queman la estación de tren de Haydarpaşa del Tribunal Supremo por buen comportamiento

Aplazar el castigo para quienes quemaron la Estación Haydarpaşa de la Corte Suprema de Apelaciones por buena conducta: La Corte Suprema falló la sanción de 10 meses impuesta a dos trabajadores y al dueño de la empresa, quienes provocaron el incendio de la Estación de tren Haydarpaşa, uno de los símbolos más importantes de Estambul, durante las obras de aislamiento. 8. La Sala solicitó el aplazamiento de la sentencia impuesta a los imputados por "buena conducta". El juzgado local no había suspendido la sentencia por considerar que los daños no fueron indemnizados y el delito se cometió como consecuencia de una negligencia grave contra el edificio histórico.

Durante las obras de aislamiento en la estación de Haydarpaşa de Estambul, 3 personas fueron condenadas a 10 meses de prisión por provocar el incendio del edificio histórico, y estas condenas no se aplazaron porque "el crimen se cometió contra un edificio histórico". Incluso esta decisión, que fue criticada por la ciudadanía, fue revocada por la Octava Sala Penal de la Corte Suprema de Apelaciones. La Sala remitió el expediente al juzgado local para la suspensión de la sentencia, argumentando que la decisión de no aplazar la sentencia se tomó sin considerar el arrepentimiento de los imputados, sus rasgos de personalidad, su comportamiento durante los juicios y si volverían a cometer un delito.

Después del incendio en la estación de tren de Haydarpaşa el 28 de noviembre de 2010, los trabajadores nombrados Zafer Ateş y Hüseyin Doğan, que aislaron el techo, y İhsan Kaboğlu y Hüseyin Kaboğlu, el propietario de la empresa, que llevó a cabo el trabajo de aislamiento, los ingenieros de TCDD Suavi Günay y el ingeniero Ayşe por 'provocar un incendio por negligencia' Se entabló una demanda contra Kaplan por "poner en peligro por negligencia la seguridad general", exigiendo una pena de prisión de tres meses a un año.

Como resultado del juicio, que finalizó el 8 de diciembre de 6 en el Octavo Tribunal Penal de Paz de Anatolia, los trabajadores fueron condenados a 2013 meses de prisión para Ateş y Doğan y el propietario de la empresa, İhsan Kaboğlu. Al afirmar que el daño no fue indemnizado y el delito se cometió como consecuencia de una negligencia grave contra el edificio histórico, el tribunal no aplazó la sentencia. Los ingenieros Suavi Günay y Ayşe Kaplan y los propietarios de la empresa Hüseyin Kablogü fueron absueltos.

La Octava Sala Penal de la Corte Suprema revocó esta decisión el pasado 8 de junio. En la decisión, la Octava Sala Penal, que consideró errónea la decisión de no aplazar la pena de 22 meses, dijo que "el daño no fue indemnizado y el delito se cometió como consecuencia de una negligencia grave contra un edificio histórico" no era una justificación legal y suficiente. En la decisión se argumentó que 'la decisión se tomó con una justificación jurídica e inadecuada, sin examinar el estado de arrepentimiento de los imputados durante el proceso judicial, sin considerar sus rasgos de personalidad y su comportamiento en el juicio, y sin opinar sobre la posibilidad de volver a cometer un delito.

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