Decisión después de 18 años en el accidente del tren acelerador de Pamukova

Decisión después de 18 años en el accidente del tren acelerador de Pamukova
Decisión después de 18 años en el accidente del tren acelerador de Pamukova

El Tribunal Constitucional (AYM) dictaminó que el caso del accidente de tren "Acelerado" en Pamukova en 41, en el que murieron 89 personas y 2004 resultaron heridas, quedó en "prolongado". La Corte Suprema decidió pagar a Serap Sivri 50 mil TL en compensación, quien perdió a su esposo.

Yakup Kadri Karaosmanoğlu, que partió de Estambul Haydarpaşa el 22 de julio de 2004, partió hacia Ankara. Entró en la curva más rápido que nunca, cerca de la aldea Mekece del distrito de Pamukova en Sakarya. El tren descarriló. 41 personas murieron, 89 personas resultaron heridas.

Sin permiso para investigar

La solicitud del Ministerio Público de abrir una investigación contra el director general de TCDD, Süleyman Karaman, fue rechazada por el ministro de Transporte, Binali Yıldırım.

Toda la evaluación se realizó sobre los dos conductores y el conductor del tren. Al final del primer juicio, un mecánico fue condenado a 2 años y 6 meses de prisión y multa judicial de 1000 TL, el otro 1 año, 3 meses de prisión y 733 TL de multa judicial. El jefe de tren Köksal Coşkun fue absuelto.

La decisión ha sido apelada varias veces. Al final del proceso de apelación, se decidió que el mecánico Fikret Karabulut fue condenado a una multa judicial de 15 mil 784 TL y el mecánico Recep Sönmez a una multa judicial de 47 mil 352 TL. Las multas se dividieron en 20 cuotas iguales con un mes de diferencia y se pospusieron.

Esta decisión también fue apelada.

Como resultado, la 12a Sala de la Corte Suprema de Apelaciones decidió archivar los casos públicos contra los acusados ​​el 25 de diciembre de 2019, alegando que el plazo de prescripción había expirado.

aplicado al AYM

Serap Sivri, quien perdió a su esposo, el hermano de su esposo y dos sobrinos en el accidente, presentó una solicitud ante la Corte Constitucional. Sostuvo que el juicio por el hecho que resultó en la muerte de sus familiares no se llevó a cabo a una velocidad razonable y por lo tanto no se sancionó a los responsables del hecho y se violó su derecho a la vida.

La Corte Suprema hizo las siguientes evaluaciones en su revisión:

- Considerando las acciones desarrolladas a lo largo del juicio y el contenido de las decisiones de nulidad, el motivo del sobreseimiento del caso por prescripción es que el caso quedó en suspenso. Al respecto, no se puede decir que el proceso se desarrolló con un cuidado razonable.

- Se ha concluido que se ha vulnerado el aspecto procesal del derecho a la vida por no llevarse a cabo un juicio con la diligencia y celeridad razonables para que los imputados se beneficien de la prescripción, motivo de impunidad .

-Sin embargo, de acuerdo con el segundo párrafo del artículo 38 de la Constitución, no fue posible enviar copia de la decisión al Juzgado de lo Penal para un nuevo juicio, ya que el plazo de prescripción más extenso previsto en la ley que entró en vigencia posteriormente. porque el delito no se puede aplicar por el delito cometido en el pasado.

PROVISIÓN

  • SE ACEPTA la denuncia relativa a la vulneración del aspecto procesal del derecho a la vida,
  • Que el aspecto procesal del derecho a la vida, que se garantiza en el artículo 17 de la Constitución, ha sido VIOLACIÓN,
  • Compensación no pecuniaria neta de 50 mil TL a pagar,
  • Una copia de la decisión que se enviará al Tribunal Penal Superior Segundo de Sakarya para información,

Se decidió por unanimidad.

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