Regulación del IVA en el Boletín Oficial

Con la regulación, la tasa del IVA para los alimentos y bebidas preparados y servidos por empresas como restaurantes, cafés y pastelerías, y los productos que adquieren y venden en el exterior, se incrementó del 8 por ciento al 10 por ciento.

Esta tasa se incrementó del 18 por ciento al 20 por ciento para las bebidas alcohólicas.

En el mismo ámbito también se evaluarán las ventas realizadas por estos comercios por teléfono, pedido online o método de recogida.

También estarán dentro del alcance de la norma las ventas realizadas en comercios que presten servicios de alimentos y bebidas a sus clientes, aunque no cuenten con licencia para servicios de alimentos y bebidas.

El Comunicado entrará en vigor a partir del 1 de mayo.