El Ministerio de Educación Nacional contratará a 750 maestros discapacitados

maestro discapacitado
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De acuerdo con la superioridad del puntaje EKPSS entre los candidatos que participaron en el Examen de Selección de Personal Público Discapacitado (EKPSS-Grado) realizado en 2018 y 2020, el Reglamento sobre el Examen de Selección de Personal Público Discapacitado publicado en el Diario Oficial de fecha 07/02 / 2014 y con el número 28906 y la Contratación de Discapacitados a la Función Pública De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Nombramiento y Reubicación de Docentes del Ministerio de Educación Nacional publicado en el Diario Oficial de fecha 17/04/2015 y con el número 29329, se recibieron las solicitudes dentro del plazo especificado en el Anexo-1 Calendario de Solicitudes y Nombramientos, de acuerdo con las explicaciones a continuación, y un total de 750 (setecientas cincuenta) personas con discapacidad serán nombradas como docentes para el cupo.

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1. Contar con las condiciones generales especificadas en el artículo 657 de la Ley de Funcionarios Públicos N ° 48,

2. Ser ciudadano turco (para los ciudadanos de la República Turca del Norte de Chipre, no se requerirá la condición de ciudadano turco).

3. Tener una puntuación de 2018 o más en el Examen de Selección de Personal Público Discapacitado (EKPSS-Nivel de Pregrado) realizado en 2020 y 50,

4. Para cumplir con la Decisión de la Junta de fecha 20.02.2014 y número 9 de la Junta de Educación y Disciplina con respecto a la determinación de la graduación de pregrado y los que serán designados como maestros,

5. La equivalencia de certificados de educación superior y / o formación pedagógica a instituciones o programas de educación superior en el país haya sido aceptada por la Presidencia del Consejo de Educación Superior de quienes se graduaron de instituciones de educación superior en el extranjero.

6. Haber completado exitosamente el Programa de Maestría No Tesis de Enseñanza de Campo de Educación Secundaria o uno del Programa de Formación Pedagógica / Programa de Certificado de Educación de Formación Pedagógica, excluyendo a aquellos que se graduaron de programas de educación superior que brindan un recurso para la enseñanza,

Nota 1: Si los egresados ​​de los programas fuente en el campo de los Cursos Vocacionales Imam - Hatip High School certifican que han tomado todos los cursos de la profesión docente, incluida la educación de formación pedagógica determinada por el Consejo de Educación Superior durante su educación universitaria, no se les pedirá para cualquier documento que sustituya la formación pedagógica. Los candidatos en esta situación ingresarán la fecha y número del documento que indique que han cursado todos los cursos de la profesión docente, incluida la formación en formación pedagógica durante su formación universitaria, en la sección de información de formación pedagógica del Formulario de Pre-Solicitud Electrónica.

7. No haber sido condenado a ser despedido del servicio civil o profesión docente,

8. No recibir pensión de jubilación o vejez de ninguna institución de seguridad social,

9. Para aquellos que no han comenzado su función aunque hayan sido asignados a la docencia diferente a su puntaje EKPSS, haber completado el período de espera de 1 (un) año a partir del último día de la fecha de solicitud preliminar, a partir de la fecha de cita,

10. Haber cumplido el plazo de espera señalado en los incisos A, B, C del primer párrafo del artículo 657 de la Ley del Funcionario Público No. 97, a partir del último día de la solicitud preliminar para quienes renunciaron o se presumen retirados de sus funciones mientras eran funcionarios públicos,

11. Haber cumplido el período de espera de 3 (tres) años a partir de la fecha de su renuncia y último día de la solicitud preliminar para aquellos cuyo cargo fue cesado durante el período de candidatura, excluidos los que fueron despedidos por razones de salud.
Se buscarán condiciones.

12. Quienes actualmente se encuentran desempeñando cargos con el título de docente en nuestro Ministerio u otras instituciones públicas pueden postularse dentro del alcance de esta convocatoria de acuerdo con el primer párrafo del artículo 07 del Reglamento sobre el Examen de Selección de Personal Público con Discapacitados y No se hallará la Contratación de Minusválidos para la Función Pública publicada en el Diario Oficial de fecha 02/2014/28906 y con el número 14..

13. Los candidatos colocados en cualquier puesto de acuerdo con los resultados de la EKPSS en el marco de lo establecido en el Reglamento sobre Examen de Selección de Personal Público con Discapacitados y Contratación de Discapacitados publicado en el Boletín Oficial de fecha 07/02/2014 y numerado 28906, pertenecen al mismo nivel educativo que sigue siendo válido para las colocaciones a realizar en el ámbito de esta convocatoria, no podrán postularse con su puntaje EKPSS. De acuerdo con el Reglamento antes mencionado, los resultados de EKPSS son válidos durante cuatro años a partir de la fecha del examen.

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