Enmienda al Reglamento sobre el examen y nombramiento de ingenieros, arquitectos, técnicos, topógrafos y oficiales de circulación contratados para ser empleados en la Dirección General de Ferrocarriles Estatales de la República de Turquía.
República de Turquía Dirección General de Ferrocarriles del Estado de actividad:
ARTÍCULO 1 - Después de la frase "contratado" en nombre del Reglamento sobre el examen y nombramiento de ingenieros, arquitectos, técnicos, topógrafos y oficiales de circulación contratados que se emplearán en la Dirección General de Ferrocarriles del Estado de la República de Turquía publicado en el Boletín Oficial con fecha 29/11/2018 y número 30610. Controlador de tráfico ”, se ha agregado la frase.
ARTÍCULO 2 - Se ha añadido la frase "controlador de tráfico" después de la frase "contratado" en el primer párrafo del artículo 1 del mismo Reglamento.
ARTÍCULO 3 - Se ha añadido la frase "controlador de tráfico" después de la frase "contratado" en el primer párrafo del artículo 2 del mismo Reglamento.
ARTÍCULO 4 - El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación.
ARTÍCULO 5 - Las disposiciones de este Reglamento son ejecutadas por el Director General de Ferrocarriles Estatales de la República de Turquía.
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