En la Gaceta Oficial publicada hoy, la resolución adicional del Decreto de la Presidencia No. 26.10.2020, de fecha 3134, es la siguiente; “Prórroga de la indemnización por jornada reducida, ARTÍCULO 1- (1) En el marco de los principios previstos en el artículo provisional 25 de la Ley del Seguro de Desempleo de 8/1999/4447 y numerada 23, en el ámbito de situaciones periódicas ocasionadas por efectos externos debido al nuevo coronavirus (Covid-19), se Para los lugares de trabajo que hayan solicitado trabajo corto hasta el 30/6/2020 (incluida esta fecha), la duración del subsidio por trabajo corto se encuentra en el marco de los principios especificados en el Decreto Presidencial No. 2 del 29/6/2020, sin limitarse al plazo de prórroga en el ámbito del artículo adicional 2706 de la citada Ley y Se ha prorrogado por dos meses, a partir del plazo de dos meses prorrogado por el Decreto de la Presidencia No. 30 de 8/2020/2915 ".
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