Envió una circular adicional por parte del Ministerio del Interior, con excepciones, para garantizar la unidad de práctica para los jóvenes entre 81 y 18 años bajo el toque de queda a 20 gobernaciones provinciales.
En consecuencia, aquellos que tengan entre 18 y 20 años de edad y que trabajen en instituciones y organizaciones públicas, que demuestren su trabajo regular en el sector privado con un documento de seguridad social, y los trabajadores agrícolas temporales, estarán exentos del toque de queda. Aquellos que están exentos del toque de queda tendrán que tener documentos que demuestren que están cubiertos por la excepción y los mostrarán durante las auditorías.
En la circular enviada por el Ministerio a las gobernaciones, se hizo hincapié en que los ministerios, las gobernaciones y las instituciones y organizaciones públicas pertinentes han tomado muchas medidas en el ámbito de la lucha contra el nuevo tipo de brote de coronavirus.
Finalmente, la propuesta del Ministerio de Salud y el Comité Científico, Sr. Presidente. Se indicó que, con las instrucciones de Recep Tayyip Erdogan, se envió a las gobernaciones una circular sobre medidas de entrada / salida de la ciudad y restricciones de edad el 03 de abril y se tomaron algunas medidas nuevas y se inició la implementación. Se dijo que la regulación, que prohíbe temporalmente a los nacidos después del 01.01.2000 en este contexto, causó algunas dudas en la práctica.
En la circular enviada a las 18 gobernaciones provinciales, en la circular enviada a los 20 gobiernos provinciales con el fin de eliminar estas dudas y establecer la unidad de implementación, las condiciones que deben eximirse para las personas entre 81 y XNUMX años se enumeran a continuación:
En consecuencia, la fecha de nacimiento es entre el 01.01.2000-01.01.2002 (entre las edades de 18-20);
- Quienes trabajan en instituciones y organizaciones públicas como funcionarios, personal contratado o trabajadores,
- Aquellos que tienen un trabajo regular en el sector privado y documentan esta situación con un documento de registro de seguridad social,
- Los trabajadores agrícolas estacionales, que tienen una función importante en términos de continuidad de la producción agrícola y cuyas condiciones de planificación, viaje y alojamiento entre provincias fueron reguladas por nuestra Circular N ° 03.04.2020 con fecha 6202, estarán exentos del toque de queda impuesto por la Circular del Ministerio N ° 03.04.2020 con fecha 6235. Estas excepciones no se aplicarán a los nacidos (después de los 01.01.2002 años) después del 18.
Aquellos que están exentos del toque de queda deberán llevar documentos que demuestren que están cubiertos por la excepción y presentar estos documentos durante las inspecciones.
En la circular enviada por el Ministerio; Pidió a los gobernadores / gobernadores de distrito que tomaran las decisiones necesarias sobre esta situación de inmediato, para no causar ningún problema en la práctica y no causar victimización.
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