Dentro del marco de las disposiciones del Reglamento de Personal Profesional de la Autoridad de Competencia para ser empleado en la Autoridad de Competencia;
1) Para (10 personas) Asistente de Competencia Experto (General) personal; de los departamentos de Facultades de Economía, Ciencias Políticas, Administración de Empresas, Ciencias Económicas y Administrativas o Ingeniería de Gestión o Ingeniería Industrial de instituciones de educación superior que ofrecen al menos cuatro años de educación,
2) Para (5 personas) Personal auxiliar de competencia (Derecho); De las facultades de derecho,
3) Para (5 personas) personal asistente de competencia experto (IT); Ingeniería Informática, Estadística e Informática, Matemáticas e Informática, Ingeniería Industrial, Ingeniería Eléctrico-Electrónica, Ingeniería Electrónica y de Comunicaciones, departamentos de Ingeniería Electrónica,
Se tomarán especialistas asistentes de competencia como resultado del examen de ingreso, al que podrán asistir graduados de instituciones educativas nacionales o extranjeras cuya equivalencia o equivalencia sea aceptada por el Consejo de Educación Superior.
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