Según el Informe del Tribunal de Cuentas, el Proyecto Şanlıurfa Trambus está en violación de la legislación

Según el informe de TCA, el proyecto sanliurfa trambus está en contra de la legislación
Según el informe de TCA, el proyecto sanliurfa trambus está en contra de la legislación

El Informe de Auditoría Regular del Tribunal de Cuentas de 2018 es uno de los principios básicos de la Ley de Contratación Pública del proyecto trambus, que no cae en la agenda de Şanlıurfa. reveló que violaba los principios de transparencia, competencia, igualdad de trato, confidencialidad y uso eficiente de los recursos. El informe también decía: "Para cumplir con los requisitos con respecto a los problemas explicados, deben iniciarse los trabajos y procesos especificados en la legislación pertinente".

Agencia UrfaSegún la noticia en; “El proyecto Trambus, que se planeó construir con un costo de aproximadamente 72 millones en el momento del alcalde metropolitano de lanlıurfa Nihat Çiftçi, con el fin de proporcionar una solución para el transporte de Şanlıurfa, se reflejó en el Informe de Auditoría Regular del Tribunal de Cuentas de 2018 preparado por el Tribunal de Cuentas.

En el informe, se señaló que los proyectos y documentos de licitación relacionados con el proyecto Trambus se prepararon para una firma de consultoría y se adjudicó la licitación, la única compañía que participó en la licitación y la licitación ganó la licitación. En el informe, uno de los principios básicos de la Ley de Licitación Pública del proyecto Trambus; Se hizo hincapié en la violación de los principios de transparencia, competencia, igualdad de trato, confidencialidad y uso eficiente de los recursos.

'ENTENDE EL USO EFICIENTE DE LOS RECURSOS QUE INFRIGEN LOS PRINCIPIOS'

En el informe elaborado por el Tribunal de Cuentas, las obras y transacciones realizadas en el proceso de preparación y licitación previa a la licitación del “Trabajo de Compra de Bienes del Proyecto de Trolebús de 1ª Etapa de Şanlıurfa” realizado por el Municipio de Şanlıurfa se encuentran entre los principios básicos de la Ley de Contratación Pública No. 4734; Se ha encontrado que viola los principios de transparencia, competencia, igualdad de trato, confidencialidad y uso eficiente de los recursos. Por la administración, respectivamente; En la licitación de adquisición de trolebuses, que se realiza en tres etapas como preparación del anteproyecto, elaboración del pliego de condiciones con el proyecto y ejecución del proyecto; El anteproyecto y el proyecto fueron comisionados por la misma consultora en violación a la legislación, y esta consultora realizó obras y trámites que permitirían a una sola firma participar y ganar la licitación para la ejecución del proyecto. La Municipalidad Metropolitana de Şanlıurfa previó la construcción de un sistema ferroviario además de los servicios de transporte público existentes en el transporte urbano en 2017. En línea con esto, se prepararon dos anteproyectos alternativos, tranvía y trolebús (bus eléctrico). Como resultado de la evaluación de los anteproyectos, se ha decidido realizar el proyecto trambus por parte de la Administración. El proyecto y los documentos de licitación relacionados con el proyecto Trambus fueron elaborados por una consultora y se realizó la licitación, y la única empresa que participó en la licitación y realizó una licitación ganó la licitación ”.

Las inconsistencias se revelaron en el informe.

En la parte de conclusión del informe que revela las inconsistencias antes y después de la licitación, se dieron las siguientes declaraciones: “Como resultado, en la respuesta que la Administración Pública envió a la parte de nuestro hallazgo relacionado con el servicio de preparación del proyecto preliminar del sistema ferroviario y luego el servicio de preparación del documento de licitación; Se afirma que no hay una propuesta de las compañías locales al determinar el costo aproximado debido a que no hay una compañía que pueda realizar dicho proyecto en lanlıurfa, el proyecto se construyó directamente con esta compañía ya que la compañía del proyecto preliminar también tiene el derecho de implementar el proyecto de aplicación, y solo la propuesta se recibió de esta compañía aproximadamente al costo.

Expresiones tales como no recibir propuestas de compañías locales por un costo aproximado, el proyecto preliminar que genera un derecho especial con respecto a la necesidad y la ausencia de cualquier otra compañía fabricante contienen comentarios subjetivos y no se mencionan concretamente. En la respuesta de la Administración Pública, declaró que solo había recibido ofertas de esta compañía ya que no había otras compañías que produjeran trolebuses y que la especificación técnica no indicaba el trolebús de la compañía relevante. Hay una inconsistencia aquí. Además, si solo hay una compañía que produce los elementos de trabajo mencionados en la tabla, no hay necesidad de licitar de todos modos y se utilizaría el método de adquisición directa (22 / a). Junta de Contratación Pública No. 2007 / uh.z-3434, que la Administración Pública muestra como opinión

Se entiende que su decisión es específica del evento concreto y no tiene nada que ver con nuestro hallazgo. La Administración Pública argumenta que el precio de licitación está por debajo del costo aproximado y que la firma consultora no viola la privacidad. Estos problemas se explican en detalle en nuestro hallazgo con sus razones. Por lo tanto, esta respuesta de la Administración Pública no cumple con nuestro reclamo.

SIN BENEFICIOS Y CUMPLIMIENTO LEGAL

Evaluación de las respuestas de la administración pública al negocio de adquisición de trolebuses; La compra de bienes por trolebús de la Administración Pública es una producción especial que requiere producción bajo demanda, la operación armoniosa de la infraestructura y los trolebuses, y las obras de construcción y la adquisición de los bienes para tratar con un solo contratista, que la oferta parcial de los bienes y trabajos de construcción no está incluida en la legislación de licitación. declaró que los fabricantes de trolebuses no podrían ofertar si se solicitan los documentos de experiencia laboral relacionados con los trabajos de construcción. En primer lugar, no existe un equivalente en la legislación para que la Administración elija este método para tratar con un solo contratista. En nuestro hallazgo, no se afirmó que las ofertas parciales debían recibirse en la misma licitación para bienes y obras, y se establece en la legislación que incluso las obras de construcción de diferentes calificaciones deben tener condiciones de calificación separadas, por lo que los bienes y las obras no pueden licitarse con los mismos criterios de calificación. Una vez más, la Administración Pública declaró que los fabricantes de trolebuses no podrán participar en la licitación si se solicita un certificado de experiencia laboral. Esta explicación es abismal. Debido a que ocurrió la situación opuesta y los contratistas de construcción con competencia profesional no han podido participar en la licitación y la empresa contratista ha transferido las producciones a los subcontratistas. En estas licitaciones de diferente naturaleza, los problemas que no están regulados en las especificaciones administrativas de tipo y que deben organizarse de acuerdo con la naturaleza del negocio, también pueden solicitarse en la sección de otros asuntos, mientras que no hay interés público ni incumplimiento al hacerlo.

LOS TRABAJOS Y PROCEDIMIENTOS MENCIONADOS EN LA LEGISLACIÓN DEBEN COMENZAR

En la respuesta de la Administración Pública, el Municipio Metropolitano de Malatya también se incluyó en la licitación del trolebús como una compra de bienes, no se recibió información de ninguna organización antes de la licitación, la Administración Pública no emitió ningún apéndice de ninguna manera, el sistema que se utilizaría en los sistemas de transporte público era un todo y el sistema no funcionaría si se comprara por separado. establece que el hecho de que el precio de licitación de algunos artículos sea más alto que el costo aproximado no contradice la legislación, esta es una situación común en las obras a precio unitario. Aunque la Administración Pública está de acuerdo con la opinión de que el sistema es un todo, no existen obstáculos para realizar los trabajos realizados por todo tipo de cálculos técnicos de otros profesionales con competencia profesional. Por lo tanto, no se aceptará la afirmación de que el sistema es un todo y debe hacerse a un solo contratista. Además, esta empresa contratista también tenía otros artículos de trabajo, además de la producción de autobuses y repuestos, bajo otros contratos de contratistas. Además, dado que la especificación técnica fue preparada para la firma de consultoría, las defensas de que "no se recibió información de ninguna organización" y "no se emitió ningún apéndice de ninguna manera" no se vieron en el sitio desde el 31.03.2017 se publicó en el sistema EKAP. Por supuesto, el hecho de que algunos artículos sean más altos que el precio de licitación en obras a precio unitario no está en contra de la legislación de licitación. Sin embargo, cuando los hallazgos realizados en nuestro hallazgo se evalúen en su conjunto, se entenderá que el precio de la licitación es más alto que el costo aproximado, y las prácticas de la Administración Pública que están en contra de la legislación antes de la licitación y en el proceso de licitación. Por lo tanto, en esta licitación, no será apropiado considerar que el precio de licitación formado para todas las obras está por debajo del costo aproximado. Como resultado, es necesario iniciar los trabajos y procesos especificados en la legislación pertinente para cumplir con los requisitos explicados en detalle en nuestro hallazgo y en la sección de conclusión. Si hay algún problema relacionado con los hallazgos en otras licitaciones en poder de la administración pública, se seguirá durante el siguiente período de auditoría ".

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